La Ciudad prohíbe la pirotecnia ruidosa
19 Diciembre 2025
Para proteger a chicos, adultos mayores y personas con autismo, y a los animales y el ambiente, la Ciudad prohibió el uso de artículos de pirotecnia con “efecto audible” en todo el territorio porteño.
“Prohibimos el uso de pirotecnia con efecto audible en toda la Ciudad. La pirotecnia sonora afecta la salud de personas mayores, con TEA y de bebés. Además, provoca daños a los animales y al ecosistema. Esta decisión también responde a un pedido que escuchamos de forma recurrente en las reuniones de vecinos”, sostuvo el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri.
El Jefe de Gobierno le encomendó a la Agencia de Protección Ambiental (APRA) adecuar la normativa vigente y tomar medidas sobre el uso de artefactos pirotécnicos y de estruendo en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.
Así, el primer artículo de la resolución de APRA declara a la Ciudad “zona calma libre de pirotecnia” y prohíbe el uso de todo tipo de artificios pirotécnicos “con efecto audible”. Y el artículo 4° del decreto firmado por el Jefe de Gobierno prohíbe además “el uso de artículos y artificios de pirotecnia y de estruendo en todo evento o espectáculo organizado por el Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires”.
Ya existía una resolución de 2020 que definía una “zona calma” en un radio de 100 metros de distancia de las Reservas Ecológicas Costanera Norte, Costanera Sur, Lago Lugano, Ecoparque y hospitales, donde se prohibía el uso de todo tipo de artificios pirotécnicos con efecto audible. Ahora se amplía a toda la Ciudad.
La Agencia de Protección Ambiental es el organismo que tiene como misión proteger la calidad ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la Política Ambiental de la Ciudad, que es el conjunto de instrumentos de gestión para preservar la salud y el ambiente de sus habitantes.
En esta prohibición se excluyen los artificios pirotécnicos utilizados para emitir señales de auxilio, para el uso de las Fuerzas de Seguridad y Defensa Civil y aquellas actividades que por razones de seguridad requieren necesariamente su empleo.
Como establece el artículo 26 de la Constitución de la Ciudad, “el ambiente es patrimonio común y toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo, en provecho de las generaciones presentes y futuras”.


